Para la ejecución del certificado se hará una visita a la finca objeto para hacer un estudio técnico y visual de las características energéticas del inmueble.
Se analizarán las condiciones arquitectónicas del edificio asiícomo las instalaciones de calefacción, refrigeración, ventilación, producción de agua caliente sanitaria (ACS) e iluminación, según el consumo de energía, para satisfacer la demanda energética del edificio.
Se realizará un estudio fotográfico del estado de las instalaciones y demás elementos de interés.
Tras la inspección, un técnico cualificado elaborará el certificado energético según la normativa en vigor y el impreso modelo de cada Comunidad.
Toda la documentación se entregará en los organismos oficiales correspondientes.
Una vez registrada y sellada se hará entrega al interesado mediante un mensajero.
La certificación de la eficiencia energética de los edificios es un informe sobre las características energéticas del inmueble.
Permite valorar y comparar sus prestaciones a los compradores, arrendatarios y otros usuarios.
El reciente Real Decreto 235/2013 del 5 de abril por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, regula la certificación tanto de edificios nuevos como existentes. Entró en vigor el 6 de abril de 2013, siendo obligatoria su aplicación desde el 1 de junio de 2013.
Este certificado deberá ser realizado por un profesional técnico cualificado.